Ley 769 de 2002 — Art. 131 literal C.32 (mod. Ley 1383/2010) — Art. 131 literal C.32
● Media
Infracción C.32: no respetar el paso de peatones
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Qué dice esta norma
No ceder el paso al peatón en cruces y cebras genera multa de 15 SMLDV. La infracción aplica cuando el peatón cruza en un lugar permitido (cebra, semáforo peatonal, paso marcado). Si el peatón cruzaba por un lugar no habilitado, el argumento de "sitio permitido" puede ser relevante para el recurso.
C. Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV): C.32. No respetar el paso de peatones que cruzan una vía en sitio permitido para ellos o no darles la prelación en las franjas para ello establecidas.