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Derecho de petición exigiendo atención en otra ciudad por portabilidad

Petición formal citando el Art. 22 de la Ley 1438 (portabilidad nacional) y exigiendo que la EPS coordine o autorice la atención en la ciudad donde se encuentra el afiliado.

Ante: Oficina de Peticiones, Quejas y Reclamos de la EPS (canal virtual o telefónico) Plazo: Inmediatamente al necesitar la atención en la otra ciudad.
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