Derecho de petición exigiendo atención en otra ciudad por portabilidad
Petición formal citando el Art. 22 de la Ley 1438 (portabilidad nacional) y exigiendo que la EPS coordine o autorice la atención en la ciudad donde se encuentra el afiliado.
Ante: Oficina de Peticiones, Quejas y Reclamos de la EPS (canal virtual o telefónico)
Plazo: Inmediatamente al necesitar la atención en la otra ciudad.