Elementos constitutivos del salario
Qué dice esta norma
Salario es todo lo que recibes como pago por tu trabajo: sueldo base, horas extras, comisiones habituales, bonificaciones regulares. Con el salario se calculan las prestaciones (cesantías, prima, vacaciones). No es salario: auxilios ocasionales, bonos que el empleador da por su propia voluntad sin obligación, viáticos para gastos de trabajo. Importante: si el empleador pagaba algo "habitualmente" durante años, puede volverse salario aunque lo llamen "bonificación".
Artículo 127 (modificado Ley 50/1990 Art. 14). Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, porcentajes sobre ventas y comisiones. Artículo 128. No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador, como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades, y lo que recibe en dinero o especie no para su beneficio sino para desempeñar sus funciones.
¿Cuándo aplica esta norma?
No me pagan las comisiones o bonificaciones pactadas
Define las comisiones y bonificaciones como factores constitutivos de salario, activando todas las protecciones laborales
No me pagan las comisiones o bonificaciones pactadas
Obliga al empleador a pagar íntegramente todos los componentes salariales pactados, incluyendo comisiones