Menú
Ley 1696 de 2013 — Art. 3° (modifica Art. 26 Ley 769/2002) ⚠ Crítica

Suspensión y cancelación de licencia — procedimiento y notificación

Qué dice esta norma

Cuando el organismo de tránsito decide suspenderte o cancelarte la licencia, debes entregar el documento físico. La resolución que te sanciona tiene que decir expresamente que no puedes manejar durante ese período — no basta con que te la retengan en el operativo. La notificación oficial sigue las reglas del CPACA, lo que significa que el acto no queda en firme mientras no te hayan notificado correctamente y hayas podido ejercer los recursos de ley. Si cancelaron tu licencia definitivamente, puedes solicitar una nueva solo después de 25 años.

Parágrafo. La suspensión o cancelación de la Licencia de Conducción implica la entrega obligatoria del documento a la autoridad de tránsito competente para imponer la sanción por el periodo de la suspensión o a partir de la cancelación de ella. La resolución de la autoridad de tránsito que establezca la responsabilidad e imponga la suspensión o cancelación de la licencia de conducción, deberá contener la prohibición expresa al infractor de conducir vehículos automotores durante el tiempo que se le suspenda o cancele la licencia. La notificación de la suspensión o cancelación de la licencia de conducción, se realizará de conformidad con las disposiciones aplicables del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Transcurridos veinticinco (25) años desde la cancelación, el conductor podrá volver a solicitar una nueva licencia de conducción.

¿Cuándo aplica esta norma?

← Volver a Tránsito y movilidad