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Ley 1843 de 2017 — Art. 6 ● Media

Identificación del conductor en fotomultas

Qué dice esta norma

Si tú eres el dueño del vehículo pero no eras el conductor al momento de la fotomulta, tienes 10 días hábiles desde la notificación para indicarle a la entidad quién conducía. Si no lo haces, te cobran a ti. Si la imagen no permite identificar al conductor claramente, puedes argumentar que no hay certeza de quién cometió la infracción.

El propietario del vehículo podrá trasladar la responsabilidad de la infracción al conductor del mismo, indicando el nombre e identificación de este, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación. Si el propietario no traslada la responsabilidad, asumirá el pago de la multa.

¿Cuándo aplica esta norma?

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