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Ley 769 de 2002 — Art. 131 literal C.2 (mod. Ley 1383/2010) — Art. 131 literal C.2 ● Media

Infracción C.2: estacionar en sitios prohibidos

Qué dice esta norma

Parquear en un lugar donde está prohibido estacionar genera multa de 15 SMLDV. Los sitios prohibidos pueden estar marcados con señal "No Parquear", líneas amarillas o normas municipales específicas. Si la prohibición no estaba claramente señalizada o si la señal era ilegible, ese argumento puede usarse en el recurso de reposición.

C. Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV): C.2. Estacionar un vehículo en sitios prohibidos.

¿Cuándo aplica esta norma?

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