Ley 769 de 2002 — Art. 131 literal C.2 (mod. Ley 1383/2010) — Art. 131 literal C.2
● Media
Infracción C.2: estacionar en sitios prohibidos
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Qué dice esta norma
Parquear en un lugar donde está prohibido estacionar genera multa de 15 SMLDV. Los sitios prohibidos pueden estar marcados con señal "No Parquear", líneas amarillas o normas municipales específicas. Si la prohibición no estaba claramente señalizada o si la señal era ilegible, ese argumento puede usarse en el recurso de reposición.
C. Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV): C.2. Estacionar un vehículo en sitios prohibidos.