Un menor está trabajando sin autorización
Ningún menor de 15 años puede trabajar. Los adolescentes de 15 a 17 años solo pueden hacerlo con autorización legal. Si ves un caso, puedes denunciarlo de forma anónima.
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Escribe la fecha en que te notificaron o te pusieron el comparendo y te decimos cuánto tiempo te queda.
Los días hábiles no incluyen festivos colombianos. Si tienes dudas, verifica con un abogado.
¿Tu documento tiene errores?
Revisa tu comparendo o citación y responde cada pregunta. Si tiene errores, te decimos cómo usarlos a tu favor.
¿El menor tiene menos de 15 años, o entre 15 y 17 años sin la autorización del Inspector de Trabajo?
Qué significa esto:
La prohibición absoluta aplica solo para menores de 15 años. Para adolescentes de 15-17 años la infracción es trabajar sin la autorización correspondiente o en condiciones no autorizadas.
Ley 1098 de 2006 — Código de la Infancia y la Adolescencia Art. 35
¿Conoces la dirección del establecimiento o el nombre del empleador que contrata al menor?
Qué significa esto:
La denuncia puede presentarse de forma anónima. Con la dirección del negocio es suficiente para que el ICBF realice una visita de inspección sin que tengas que identificarte.
Código Sustantivo del Trabajo Art. 31-35
¿Tienes evidencia del menor trabajando (fotos, videos, testimonios de personas que lo conocen)?
Qué significa esto:
No es obligatorio tener evidencia para denunciar — el ICBF investiga con la sola denuncia. Pero si tienes evidencia, adjúntala para agilizar la investigación.
Ley 1098 de 2006 — Código de la Infancia y la Adolescencia Art. 35
No encontramos errores
Tu documento parece estar bien hecho. Revisa los plazos para actuar a tiempo.
Encontramos problema — puedes usarlos para defenderte
- •
Puedes mencionar estos errores en tu recurso. Mira los documentos que puedes presentar más abajo.
Cómo puedes defenderte
Estos son los documentos que puedes presentar. Puedes generarlos aquí mismo con tus datos.
Denuncia ante el ICBF por presunto trabajo infantil
Reporte formal al ICBF para que inicie la investigación y adopte medidas de protección en favor del menor. Puede presentarse de forma anónima.
- ¿A quién?
- ICBF — Línea gratuita 018000 112440 o sede más cercana
- Tiempo:
- Inmediatamente al detectar la situación. No hay plazo límite para denunciar.
¿Qué hago paso a paso?
Sigue estos pasos en orden.
-
1
Presenta la denuncia ante el ICBF
ICBFLlama al 018000 112440 (gratuita) o acude al Centro Zonal más cercano. El ICBF puede actuar de oficio y hacer visita de inspección. La denuncia puede ser completamente anónima.
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Responden en 15 días Ley 1098 de 2006 — Código de la Infancia y la Adolescencia Art. 35 -
2
Complementa con denuncia ante el Inspector de Trabajo
El Inspector puede imponer multas al empleador entre 5 y 100 SMLMV por contratar menores ilegalmente y ordenar el cese inmediato.
Inspector de Trabajo competente Responden en 30 días Código Sustantivo del Trabajo Art. 31-35 -
3
Denuncia penal si el trabajo constituye explotación infantil
FGNSi el menor es obligado a trabajar en condiciones peligrosas, nocturnas o es víctima de trata de personas, la Fiscalía puede iniciar investigación penal contra el empleador.
Fiscalía General de la Nación Responden en 90 días Ley 1098 de 2006 — Código de la Infancia y la Adolescencia Art. 35
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Si tu situación es compleja o necesitas acompañamiento directo, podemos conectarte con un especialista en el área.
Leyes que te respaldan
Te protege
1Ningún menor de 15 años puede trabajar, sin excepción. Los adolescentes de 15 a 17 años solo pueden hacerlo con autorización del Inspector de Trabajo, jornada máxima de 6 horas diarias y sin trabajo nocturno. Si ves a un menor trabajando ilegalmente, puedes denunciarlo ante el ICBF o el Inspector de Trabajo — de forma anónima.
Leer la ley completa →Lo que la entidad debe hacer
1Si eres adolescente entre 15 y 17 años: solo puedes trabajar máximo 6 horas al día, no puedes trabajar de noche, y necesitas autorización escrita de tus padres y del Inspector de Trabajo. Tu empleador que no cumpla estas reglas puede ser multado gravemente.
Leer la ley completa →Formalidad del documento
1Si eres adolescente entre 15 y 17 años: solo puedes trabajar máximo 6 horas al día, no puedes trabajar de noche, y necesitas autorización escrita de tus padres y del Inspector de Trabajo. Tu empleador que no cumpla estas reglas puede ser multado gravemente.
Leer la ley completa →