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Ley 1438 de 2011 — Art. 18 ⚠ Crítica

Servicios gratuitos para niños con enfermedades catastróficas (Sisbén 1 y 2)

Qué dice esta norma

Si tu hijo(a) tiene una enfermedad catastrófica o ruinosa certificada por el médico, los servicios y medicamentos especiales deben ser GRATUITOS si estás en Sisbén 1 o 2. La EPS no puede cobrarte copagos ni cuotas moderadoras en estos casos.

Los servicios y medicamentos de la parte especial y diferenciada del Plan de Beneficios para los niños, niñas y adolescentes con discapacidades físicas, sensoriales y cognitivas, enfermedades catastróficas y ruinosas que sean certificadas por el médico tratante, serán gratuitos para los niños de Sisbén 1 y 2.

¿Cuándo aplica esta norma?

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