Informes de tránsito — identificación del infractor y notificación al propietario
Qué dice esta norma
La multa solo puede imponerse a quien cometió la infracción. Si el agente no identificó al conductor, debe aportar prueba objetiva. Solo si no puede identificarlo, notifica al propietario del vehículo, quien tiene 10 días para presentar descargos. El propietario solo responde cuando hay indicios de que probablemente era el conductor.
Los informes de las autoridades de tránsito, a través de la imposición de comparendo, deberán indicar el número de la licencia de conducción, el nombre, teléfono y dirección del presunto inculpado y el nombre y número de placa del agente que lo realiza. Si no fuere viable identificar al conductor, se notificará al último propietario registrado del vehículo, para que rinda sus descargos dentro de los siguientes diez (10) días al recibo de la notificación. Las multas no podrán ser impuestas a persona distinta de quien cometió la infracción. Las ayudas tecnológicas como cámaras de vídeo serán válidas como prueba de ocurrencia de una infracción.
¿Cuándo aplica esta norma?
Me compararon por circular sin SOAT
El agente debe verificar que efectivamente no portabas SOAT vigente. Si eras propietario pero no conductor, tienes 10 días para presentar descargos.
Me compararon por RTM vencida o sin revisión técnica
La multa solo puede imponerse al infractor. Si eras propietario pero no conductor, tienes 10 días para presentar descargos.
Me pusieron un comparendo en la vía
La multa solo puede imponerse a quien cometió la infracción. El agente debe identificarte o aportar prueba objetiva.