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Me compararon por RTM vencida o sin revisión técnica

Te pusieron comparendo por no tener la revisión técnico-mecánica al día. Multa de 15 SMLDV e inmovilización. Conoce tus opciones.

Normas que aplican

Te protege

3

Tienes derecho a que cualquier sanción —incluyendo una fotomulta— siga un proceso legal correcto: notificación válida, norma preexistente, entidad competente y posibilidad de defenderte. Si alguno de esos pasos falla, la sanción puede ser inválida.

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Si aceptas la infracción, tienes tres opciones: (1) Pagas el 100% en los primeros 3 días hábiles sin trámite adicional. (2) Pagas solo el 50% si lo haces en 5 días calendario y asistes a un curso de tránsito. (3) Pagas el 75% si lo haces en 20 días calendario con el mismo curso. Si rechazas la infracción, vas a audiencia pública donde presentas pruebas. Si te declaran contraventor en audiencia, pagas el 100% sin descuento.

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En el proceso contravencional de tránsito tienes dos recursos: el de reposición (ante el mismo funcionario, en la misma audiencia) y el de apelación (ante el superior, también en audiencia, solo si la multa supera los 20 SMLDV o hay suspensión de licencia). Si no impugnas en la audiencia, la decisión queda en firme.

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Obligación institucional

2

Circular con la RTM vencida o sin hacer es infracción Grado C: multa de 15 SMLDV más inmovilización. También aplica si el vehículo está en malas condiciones aunque tenga la RTM vigente. Puedes reducir la multa con los descuentos del Art. 136.

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La multa solo puede imponerse a quien cometió la infracción. Si el agente no identificó al conductor, debe aportar prueba objetiva. Solo si no puede identificarlo, notifica al propietario del vehículo, quien tiene 10 días para presentar descargos. El propietario solo responde cuando hay indicios de que probablemente era el conductor.

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Define plazo

2

Si aceptas la infracción, tienes tres opciones: (1) Pagas el 100% en los primeros 3 días hábiles sin trámite adicional. (2) Pagas solo el 50% si lo haces en 5 días calendario y asistes a un curso de tránsito. (3) Pagas el 75% si lo haces en 20 días calendario con el mismo curso. Si rechazas la infracción, vas a audiencia pública donde presentas pruebas. Si te declaran contraventor en audiencia, pagas el 100% sin descuento.

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El organismo de tránsito tiene solo 1 año desde la infracción para imponerte la sanción definitiva. Si en ese año no tomó la decisión, la acción caduca y no te pueden sancionar. Igualmente, si interpusiste un recurso y no te responden en 1 año desde que lo presentaste, el recurso se entiende fallado automáticamente a tu favor.

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Requisito formal

1

Los vehículos particulares deben hacer la revisión técnico-mecánica (RTM) cada dos años en un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) certificado. Los de servicio público, cada año. Circular con RTM vencida es infracción Grado C: multa de 15 SMLDV más inmovilización.

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Checklist de validez de la notificación

Verifica que el comparendo o notificación cumple todos los requisitos legales. Un defecto puede ser argumento para impugnarlo.

¿El comparendo por RTM cita específicamente el literal C.35 del artículo 131 de la Ley 769 de 2002?

Consecuencia legal:

El comparendo debe citar la norma correcta. Un literal diferente o errado es un defecto de forma que puedes alegar en tu recurso.

Base: Ley 769 de 2002 — Código Nacional de Tránsito Art. 131 literal C.35

¿El agente constató los defectos técnicos del vehículo en el momento, o verificó que la RTM estaba vencida?

Consecuencia legal:

Si tenías la RTM vigente y en regla, el agente cometió un error. Conserva tu certificado de RTM como prueba y preséntalo en la audiencia.

Base: Ley 769 de 2002 — Código Nacional de Tránsito Art. 51

¿El comparendo tiene todos los datos obligatorios: nombre, cédula, placa, fecha, hora, lugar y firma del agente?

Consecuencia legal:

Datos incompletos o incorrectos en el comparendo son defectos de forma que puedes usar para impugnarlo.

Base: Ley 769 de 2002 — Código Nacional de Tránsito Art. 135

Calculadora de plazos

Ingresa la fecha de notificación o de la infracción para calcular cuándo vencen tus plazos.

* Los días hábiles calculados no incluyen festivos colombianos. Verifica con el calendario oficial o un abogado.

Recursos disponibles

Puedes interponer los siguientes recursos legales. Genera el texto del recurso con tus datos.

Pago con descuento por RTM vencida

Acepta la infracción, realiza la RTM en un CDA autorizado y paga la multa con descuento dentro del plazo.

Ante:
Banco o plataforma de pago habilitada, y Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizado
Plazo:
Dentro de los 5 o 20 días siguientes al comparendo
Base:
Ley 769 de 2002 — Código Nacional de Tránsito Art. 136
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Recurso de reposición contra comparendo por RTM

Si ya tenías la RTM vigente o el comparendo tiene errores, interpón recurso de reposición presentando tu certificado de RTM como prueba.

Ante:
Organismo de tránsito que expidió el comparendo
Plazo:
En la audiencia pública del proceso contravencional
Base:
Ley 769 de 2002 — Código Nacional de Tránsito Art. 142
Generar recurso →

Ruta institucional

Pasos recomendados para resolver tu situación.

  1. 1

    Verificar la validez del comparendo por RTM

    Revisa que cite el literal C.35 del Art. 131, que los datos sean completos y que la multa sea 15 SMLDV. Si ya tenías RTM vigente y el agente se equivocó, guarda tu certificado como prueba.

    Organismo de Tránsito competente Ley 769 de 2002 — Código Nacional de Tránsito Art. 131 literal C.35
  2. 2

    Realizar la revisión técnico-mecánica en un CDA autorizado

    Ve a un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) certificado ante el RUNT. El certificado de RTM aprobada es el documento que necesitas para liberar el vehículo.

    Organismo de Tránsito competente Ley 769 de 2002 — Código Nacional de Tránsito Art. 51
  3. 3

    Pagar la multa con descuento (si aceptas la infracción)

    50% de 15 SMLDV = 7,5 SMLDV en 5 días con curso. 75% = 11,25 SMLDV en 20 días con curso.

    Organismo de Tránsito competente Ley 769 de 2002 — Código Nacional de Tránsito Art. 136
  4. 4

    Solicitar la entrega del vehículo

    Con la RTM aprobada y el pago de la multa, presenta los documentos al organismo de tránsito para que emitan la orden de entrega del parqueadero.

    Organismo de Tránsito competente Respuesta: 3 días Ley 769 de 2002 — Código Nacional de Tránsito Art. 125
Nota: Esta información es orientativa y no constituye asesoría legal. Para casos con consecuencias patrimoniales significativas, consulta a un abogado titulado.