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Me rechazaron en urgencias por mora, sin carnet o sin EPS

Ninguna clínica puede negarte urgencias sin importar si debes cuotas, no tienes carnet o no tienes EPS. Es obligación legal absoluta. Si te rechazaron, tienes reclamación válida.

Calcula si todavía estás a tiempo Revisa si el documento tiene errores Genera el documento para defenderte

¿Todavía estás a tiempo?

Escribe la fecha en que te notificaron o te pusieron el comparendo y te decimos cuánto tiempo te queda.

Los días hábiles no incluyen festivos colombianos. Si tienes dudas, verifica con un abogado.

¿Tu documento tiene errores?

Revisa tu comparendo o citación y responde cada pregunta. Si tiene errores, te decimos cómo usarlos a tu favor.

¿Tienes evidencia de que acudiste a urgencias y te negaron la atención?

Qué significa esto:

Documenta el rechazo: nombre del establecimiento, fecha, hora, nombre del funcionario. Si había testigos, anota sus datos. Esta documentación es la base de tu queja.

¿La clínica te informó la razón del rechazo?

Qué significa esto:

Si te dijeron que el rechazo era por mora, falta de carnet o falta de EPS, esas razones son ilegales. Anota exactamente qué te dijeron.

¿La institución que te rechazó era pública o privada?

Qué significa esto:

Tanto públicas como privadas están obligadas por ley. Si era privada, además de Supersalud puedes reportarla a la Secretaría de Salud departamental.

¿Tuviste que buscar atención en otro lugar o tu condición se agravó por el rechazo?

Qué significa esto:

Si el rechazo te causó buscar atención en otro lugar o agravó tu condición, eso configura un daño adicional que puedes incluir en la queja.

Cómo puedes defenderte

Estos son los documentos que puedes presentar. Puedes generarlos aquí mismo con tus datos.

Queja ante Supersalud por rechazo ilegal en urgencias

Denuncia formal contra la institución que negó la atención de urgencias. Supersalud puede imponer multas y ordenar la atención.

¿A quién?
Superintendencia Nacional de Salud — supersalud.gov.co o sede más cercana
Tiempo:
Inmediatamente después del rechazo. Presenta la queja el mismo día si es posible.
Redactar este documento →

¿Qué hago paso a paso?

Sigue estos pasos en orden.

  1. 1

    Si la urgencia es inminente, presenta tutela de inmediato

    En urgencias con riesgo vital, la tutela es el primer paso. El juez puede ordenar la atención en horas. No necesitas abogado ni documentos completos — ve con lo que tengas y explica la situación.

    Juez Civil Municipal (Tutela) Responden en 1 días
  2. 2

    Presenta queja formal ante Supersalud por el rechazo ilegal

    Supersalud

    Radica la queja en supersalud.gov.co. Describe el rechazo, el nombre de la institución y la razón que te dieron. Supersalud puede imponer multas al establecimiento.

    Superintendencia Nacional de Salud Responden en 15 días
  3. 3

    La Personería puede acompañarte y reforzar la denuncia institucional

    Si necesitas apoyo para presentar la queja o no sabes cómo, la Personería Municipal puede hacer la denuncia con respaldo institucional.

    Personería Municipal Responden en 10 días

¿Quieres orientación personalizada de un abogado?

Si tu situación es compleja o necesitas acompañamiento directo, podemos conectarte con un especialista en el área.

Solicitar asesoría →

Leyes que te respaldan

Te protege

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Tus derechos como paciente: (1) En urgencias te atienden sin pedirte dinero ni papeles por adelantado. (2) Trato digno siempre. (3) Tu historia clínica completa, gratis. (4) La burocracia es responsabilidad de la EPS y la IPS, no tuya.

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En urgencias, la clínica NO puede pedirte autorización de la EPS antes de atenderte. Deben atenderte de inmediato. La discusión de pagos entre la IPS y la EPS no es tu problema. Y siempre puedes usar la tutela.

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Lo que la entidad debe hacer

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Cualquier clínica u hospital — pública o privada — está obligada a atenderte en urgencias. No importa si debes dinero, si tienes mora, sin carnet, de otra EPS o sin EPS. No requieren contrato ni orden previa. El costo lo pagan entre la EPS y el Fosyga — ese es el problema de ellos.

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Si tienes una urgencia, cualquier clínica está obligada a atenderte. No importa si debes cuotas a tu EPS, si no hay contrato entre esa clínica y tu EPS, o si estás en mora. La EPS no puede usar eso como excusa para que te rechacen.

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Cuánto tiempo tienes

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La Supersalud tiene poder de juez: puede ordenarle a tu EPS que te preste el servicio negado, con fuerza de sentencia. Resuelve conflictos sobre PBS, urgencias y traslados. Es gratuita. Puedes acudir a Supersalud Y usar tutela al mismo tiempo.

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Nota: Esta información es orientativa y no reemplaza la asesoría legal. Si tu caso tiene consecuencias patrimoniales o requiere representación, te conectamos con un abogado especialista.