Se va la luz con frecuencia sin que haya una razón justificada
El servicio eléctrico presenta cortes frecuentes o prolongados sin aviso ni justificación técnica válida.
¿Todavía estás a tiempo?
Escribe la fecha en que te notificaron o te pusieron el comparendo y te decimos cuánto tiempo te queda.
Los días hábiles no incluyen festivos colombianos. Si tienes dudas, verifica con un abogado.
¿Tu documento tiene errores?
Revisa tu comparendo o citación y responde cada pregunta. Si tiene errores, te decimos cómo usarlos a tu favor.
¿Tienes un registro de las fechas y horas de los cortes de luz?
Qué significa esto:
Un registro de las interrupciones es la principal prueba de la falla sistemática. Si no lo has llevado, empieza ahora. Anota fecha, hora de inicio y hora de restablecimiento.
¿Los cortes duran más de 15 minutos o son repetitivos?
Qué significa esto:
Cortes breves por mantenimiento con aviso previo son legales. Los cortes frecuentes, prolongados y sin aviso son falla del servicio y dan derecho a reclamar.
¿La empresa te ha dado alguna explicación o comunicado sobre las interrupciones?
Qué significa esto:
Si la empresa no ha dado aviso ni explicación, eso fortalece el recurso. Si hay alguna comunicación, inclúyela para evaluar si la justificación es válida.
¿Tienes el número de cuenta o contrato con la empresa de energía?
Qué significa esto:
Sin el número de cuenta la empresa no puede identificar tu contrato. Búscalo en una factura o en la app de la empresa.
No encontramos errores
Tu documento parece estar bien hecho. Revisa los plazos para actuar a tiempo.
Encontramos problema — puedes usarlos para defenderte
- •
Puedes mencionar estos errores en tu recurso. Mira los documentos que puedes presentar más abajo.
Cómo puedes defenderte
Estos son los documentos que puedes presentar. Puedes generarlos aquí mismo con tus datos.
Recurso de reposición por interrupciones frecuentes del servicio eléctrico
Recurso formal ante la empresa de energía exigiendo que garanticen la continuidad del servicio y apliquen las reparaciones del artículo 137 de la Ley 142 de 1994.
- ¿A quién?
- Oficina de Peticiones, Quejas y Recursos de la empresa de energía
- Tiempo:
- Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la falla o interrupción.
¿Qué hago paso a paso?
Sigue estos pasos en orden.
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1
Registra los cortes y presenta el recurso de reposición ante la empresa
Lleva un registro de fechas y horas de los cortes. Presenta el recurso ante la empresa exigiendo garantía de continuidad e indemnización. Solicita número de radicado.
Personería Municipal Responden en 1 días -
2
Si la empresa no garantiza la continuidad, acude a la SSPD
SSPDAdjunta el registro de cortes y el radicado del recurso. La SSPD puede sancionar a la empresa y ordenar medidas correctivas para garantizar la continuidad del servicio eléctrico.
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Responden en 15 días
¿Quieres orientación personalizada de un abogado?
Si tu situación es compleja o necesitas acompañamiento directo, podemos conectarte con un especialista en el área.
Leyes que te respaldan
Te protege
3La empresa tiene la obligación de prestarte el servicio sin interrupciones y con buena calidad. Si lo cortan o suspenden sin una razón legal válida, eso se llama "falla en la prestación del servicio" y te da derechos.
Leer la ley completa →Si la empresa falla en prestarte el servicio, tienes derecho a que no te cobren el cargo fijo si la falla dura más de 15 días, y a una indemnización de al menos el equivalente a un día de consumo por cada día sin servicio.
Leer la ley completa →Tienes derechos concretos como usuario: que midan tu consumo con instrumentos precisos, que te den toda la información que pidas sobre el servicio, y que puedas elegir tu prestador. Si la empresa te niega cualquiera de estos, está violando la ley.
Leer la ley completa →Lo que la entidad debe hacer
1Las empresas de servicios públicos tienen una función social y están obligadas a prestar el servicio de forma continua y eficiente, sin aprovecharse de que el usuario no tiene alternativa. Cobrar de más, cortar sin razón o no responder peticiones es una infracción legal.
Leer la ley completa →Cuánto tiempo tienes
1Tienes derecho a reclamar. Si la empresa te cobra mal, te corta sin razón o niega una petición, puedes interponer recurso de reposición ante la empresa dentro de los 5 días siguientes. Si no responden bien, apelas ante la SSPD. Es gratuito, no necesitas abogado, y la Personería te puede ayudar a redactarlo.
Leer la ley completa →