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Ley 142 de 1994 — Art. 11, num. 1 ● Media

Obligación de prestación continua y sin abuso de posición dominante

Qué dice esta norma

Las empresas de servicios públicos tienen una función social y están obligadas a prestar el servicio de forma continua y eficiente, sin aprovecharse de que el usuario no tiene alternativa. Cobrar de más, cortar sin razón o no responder peticiones es una infracción legal.

Para cumplir con la función social de la propiedad, las entidades que presten servicios públicos tienen las siguientes obligaciones: 11.1. Asegurar que el servicio se preste en forma continua y eficiente, y sin abuso de la posición dominante que la entidad pueda tener frente al usuario o a terceros.

¿Cuándo aplica esta norma?

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