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Pagué la reconexión pero llevan días sin volver a conectarme

Ya pagaste los gastos de reconexión pero han pasado días y nadie ha venido a restablecer el servicio.

Calcula si todavía estás a tiempo Revisa si el documento tiene errores Genera el documento para defenderte

¿Todavía estás a tiempo?

Escribe la fecha en que te notificaron o te pusieron el comparendo y te decimos cuánto tiempo te queda.

Los días hábiles no incluyen festivos colombianos. Si tienes dudas, verifica con un abogado.

¿Tu documento tiene errores?

Revisa tu comparendo o citación y responde cada pregunta. Si tiene errores, te decimos cómo usarlos a tu favor.

¿Tienes el comprobante de pago de los gastos de reconexión con su fecha?

Qué significa esto:

Sin el comprobante de pago de la reconexión no puedes acreditar que cumpliste tu obligación. Consíguelo antes de radicar el recurso.

¿Han transcurrido más de 2 días hábiles desde el pago sin que hayan enviado un técnico?

Qué significa esto:

Si aún no han pasado 2 días hábiles, espera. Si ya pasaron, tienes base suficiente para exigir la reconexión e indemnización.

¿La empresa te asignó una fecha o cita de reconexión que incumplió?

Qué significa esto:

Si la empresa incumplió una cita programada, incluye esa información en el recurso como agravante del incumplimiento.

¿Tienes el número de radicado de la solicitud de reconexión?

Qué significa esto:

El radicado de la solicitud prueba que la empresa estaba en conocimiento de tu caso. Si no tienes uno, el comprobante de pago es suficiente.

Cómo puedes defenderte

Estos son los documentos que puedes presentar. Puedes generarlos aquí mismo con tus datos.

Recurso de reposición por incumplimiento del plazo de reconexión

Recurso formal exigiendo la reconexión inmediata y la indemnización equivalente al consumo diario por cada día de retraso, conforme al artículo 137.3 de la Ley 142 de 1994.

¿A quién?
Oficina de Peticiones, Quejas y Recursos de la empresa de servicios públicos
Tiempo:
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a que se agotó el plazo razonable de reconexión.
Redactar este documento →

¿Qué hago paso a paso?

Sigue estos pasos en orden.

  1. 1

    Radica el recurso de reposición exigiendo fecha de reconexión e indemnización

    Presenta el recurso ante la empresa adjuntando el comprobante de pago de los gastos de reconexión. Exige que te confirmen por escrito la fecha de la visita técnica y reconocimiento de indemnización.

    Personería Municipal Responden en 5 días
  2. 2

    Si la empresa no actúa, presenta queja ante la SSPD con derecho a indemnización

    SSPD

    Con el comprobante de pago y el radicado del recurso, acude a la SSPD. Tienen competencia para ordenar la reconexión y reconocer la indemnización por falla (Art. 137.3 Ley 142/1994).

    Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Responden en 15 días

¿Quieres orientación personalizada de un abogado?

Si tu situación es compleja o necesitas acompañamiento directo, podemos conectarte con un especialista en el área.

Solicitar asesoría →

Leyes que te respaldan

Te protege

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La empresa tiene la obligación de prestarte el servicio sin interrupciones y con buena calidad. Si lo cortan o suspenden sin una razón legal válida, eso se llama "falla en la prestación del servicio" y te da derechos.

Leer la ley completa →

Si la empresa falla en prestarte el servicio, tienes derecho a que no te cobren el cargo fijo si la falla dura más de 15 días, y a una indemnización de al menos el equivalente a un día de consumo por cada día sin servicio.

Leer la ley completa →

Tienes derechos concretos como usuario: que midan tu consumo con instrumentos precisos, que te den toda la información que pidas sobre el servicio, y que puedas elegir tu prestador. Si la empresa te niega cualquiera de estos, está violando la ley.

Leer la ley completa →

Lo que la entidad debe hacer

1

Una vez que pagas la deuda y cumples los requisitos, la empresa DEBE reconectarte en un plazo razonable. Si no lo hace, incurre en falla del servicio y tienes derecho a indemnización.

Leer la ley completa →

Cuánto tiempo tienes

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Tienes derecho a reclamar. Si la empresa te cobra mal, te corta sin razón o niega una petición, puedes interponer recurso de reposición ante la empresa dentro de los 5 días siguientes. Si no responden bien, apelas ante la SSPD. Es gratuito, no necesitas abogado, y la Personería te puede ayudar a redactarlo.

Leer la ley completa →
Nota: Esta información es orientativa y no reemplaza la asesoría legal. Si tu caso tiene consecuencias patrimoniales o requiere representación, te conectamos con un abogado especialista.