Me cobran tarifas exageradas para instalar o conectar el servicio
Los cobros de conexión deben ser razonables y regulados. Tarifas excesivas o caprichosas para instalar la acometida pueden impugnarse.
¿Todavía estás a tiempo?
Escribe la fecha en que te notificaron o te pusieron el comparendo y te decimos cuánto tiempo te queda.
Los días hábiles no incluyen festivos colombianos. Si tienes dudas, verifica con un abogado.
¿Tu documento tiene errores?
Revisa tu comparendo o citación y responde cada pregunta. Si tiene errores, te decimos cómo usarlos a tu favor.
¿Tienes el presupuesto o factura donde consta el valor que te cobran por la conexión?
Qué significa esto:
El presupuesto o factura de la empresa es la prueba principal. Sin ese documento no puedes acreditar el monto cuestionado.
¿Sabes cuánto le cobraron a vecinos del mismo sector por la conexión del mismo servicio?
Qué significa esto:
Si vecinos cercanos pagaron montos significativamente menores por una conexión similar, eso evidencia un cobro discriminatorio o caprichoso.
¿La empresa te explicó en qué consiste cada uno de los ítems del presupuesto de conexión?
Qué significa esto:
La empresa está obligada a desglosar el presupuesto. Si no lo hizo, exige el detalle. Cobra excesivo lo que no puede justificarse ítem por ítem.
¿Tienes algún documento que acredite que habitas el inmueble donde se solicita la conexión?
Qué significa esto:
La prueba de residencia acredita tu derecho a recibir el servicio bajo el artículo 134 de la Ley 142/1994.
No encontramos errores
Tu documento parece estar bien hecho. Revisa los plazos para actuar a tiempo.
Encontramos problema — puedes usarlos para defenderte
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Puedes mencionar estos errores en tu recurso. Mira los documentos que puedes presentar más abajo.
Cómo puedes defenderte
Estos son los documentos que puedes presentar. Puedes generarlos aquí mismo con tus datos.
Recurso de reposición por cobros excesivos de conexión
Recurso formal exigiendo la revisión y ajuste del presupuesto de conexión a valores razonables y regulados.
- ¿A quién?
- Oficina de Peticiones, Quejas y Recursos de la empresa de servicios públicos
- Tiempo:
- Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción del presupuesto o cobro excesivo.
¿Qué hago paso a paso?
Sigue estos pasos en orden.
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Exige el presupuesto desglosado y presenta el recurso de reposición
Pide a la empresa el desglose ítem por ítem del presupuesto de conexión. Presenta el recurso impugnando los ítems que no puedas verificar. La Personería puede ayudarte a redactarlo.
Personería Municipal Responden en 5 días -
2
Si la empresa no ajusta el cobro, acude a la SSPD
SSPDCon el presupuesto cuestionado y el radicado del recurso, la SSPD puede revisar si los cobros se ajustan a las tarifas reguladas y ordenar el ajuste.
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Responden en 15 días
¿Quieres orientación personalizada de un abogado?
Si tu situación es compleja o necesitas acompañamiento directo, podemos conectarte con un especialista en el área.
Leyes que te respaldan
Te protege
4La empresa no puede incluir en el contrato cláusulas que la eximan de sus responsabilidades, ni cambiar las condiciones del servicio sin que tú hayas incumplido. Si lo hace, se presume abuso de posición dominante — ilegal y reclamable ante la SSPD.
Leer la ley completa →Cualquier persona que viva en un inmueble tiene derecho a solicitar y recibir los servicios públicos domiciliarios. La empresa no puede negarse sin una causa legal válida. Este es un derecho, no un favor.
Leer la ley completa →Si tú pagas la instalación de la acometida (tubería, cables, medidor), eres el dueño de esos equipos. La empresa no puede cobrarlos de nuevo ni disponer de ellos sin tu permiso.
Leer la ley completa →Tienes derechos concretos como usuario: que midan tu consumo con instrumentos precisos, que te den toda la información que pidas sobre el servicio, y que puedas elegir tu prestador. Si la empresa te niega cualquiera de estos, está violando la ley.
Leer la ley completa →Cuánto tiempo tienes
1Tienes derecho a reclamar. Si la empresa te cobra mal, te corta sin razón o niega una petición, puedes interponer recurso de reposición ante la empresa dentro de los 5 días siguientes. Si no responden bien, apelas ante la SSPD. Es gratuito, no necesitas abogado, y la Personería te puede ayudar a redactarlo.
Leer la ley completa →