Pagué la deuda pero el servicio sigue cortado
Hiciste el pago, cumpliste los requisitos de la empresa, pero el servicio sigue sin llegar.
Normas que aplican
Te protege
3La empresa tiene la obligación de prestarte el servicio sin interrupciones y con buena calidad. Si lo cortan o suspenden sin una razón legal válida, eso se llama "falla en la prestación del servicio" y te da derechos.
Ver norma completa →Si la empresa falla en prestarte el servicio, tienes derecho a que no te cobren el cargo fijo si la falla dura más de 15 días, y a una indemnización de al menos el equivalente a un día de consumo por cada día sin servicio.
Ver norma completa →Tienes derechos concretos como usuario: que midan tu consumo con instrumentos precisos, que te den toda la información que pidas sobre el servicio, y que puedas elegir tu prestador. Si la empresa te niega cualquiera de estos, está violando la ley.
Ver norma completa →Obligación institucional
1Una vez que pagas la deuda y cumples los requisitos, la empresa DEBE reconectarte en un plazo razonable. Si no lo hace, incurre en falla del servicio y tienes derecho a indemnización.
Ver norma completa →Define plazo
1Tienes derecho a reclamar. Si la empresa te cobra mal, te corta sin razón o niega una petición, puedes interponer recurso de reposición ante la empresa dentro de los 5 días siguientes. Si no responden bien, apelas ante la SSPD. Es gratuito, no necesitas abogado, y la Personería te puede ayudar a redactarlo.
Ver norma completa →Checklist de validez de la notificación
Verifica que el comparendo o notificación cumple todos los requisitos legales. Un defecto puede ser argumento para impugnarlo.
¿Tienes el comprobante de pago con fecha y valor claramente visibles?
Consecuencia legal:
Sin el comprobante de pago no puedes demostrar que cumpliste tu obligación. Descárgalo del banco, billetera o corresponsal donde pagaste.
¿Han pasado más de 2 días hábiles desde que realizaste el pago?
Consecuencia legal:
Si aún no han pasado 2 días hábiles, la empresa todavía está dentro del plazo razonable. Espera ese tiempo antes de radicar la reclamación.
¿La empresa te dio un número de radicado o confirmación del pago?
Consecuencia legal:
El radicado o confirmación refuerza la prueba del pago. Si no tienes uno, el comprobante bancario es suficiente como evidencia.
¿Tienes el número de cuenta o contrato con la empresa?
Consecuencia legal:
El número de cuenta es necesario para que la empresa identifique tu servicio. Búscalo en una factura anterior o en la app de la empresa.
Sin defectos detectados
La notificación parece cumplir todos los requisitos formales. Revisa los plazos antes de actuar.
defecto detectado — posibles argumentos de impugnación
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Usa estos defectos como base para un recurso de reposición. Revisa los recursos disponibles abajo.
Calculadora de plazos
Ingresa la fecha de notificación o de la infracción para calcular cuándo vencen tus plazos.
* Los días hábiles calculados no incluyen festivos colombianos. Verifica con el calendario oficial o un abogado.
Recursos disponibles
Puedes interponer los siguientes recursos legales. Genera el texto del recurso con tus datos.
PQR urgente por falla en reconexión tras pago
Petición urgente exigiendo la reconexión inmediata y la indemnización por los días de servicio no prestado, según el artículo 142 y 137.3 de la Ley 142 de 1994.
- Ante:
- Oficina de Peticiones, Quejas y Recursos de la empresa de servicios públicos
- Plazo:
- Desde el momento en que superan los 2 días hábiles sin reconectar tras el pago.
Ruta institucional
Pasos recomendados para resolver tu situación.
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1
Con el comprobante de pago, presenta la PQR urgente ante la empresa
Radica la petición urgente en la empresa adjuntando el comprobante de pago. Exige número de radicado. La Personería Municipal puede acompañarte si tienes dificultades para que te atiendan.
Personería Municipal Respuesta: 2 días -
2
Si no reconectan en 2 días hábiles, presenta queja ante la SSPD
SSPDCon el radicado de tu PQR y el comprobante de pago, acude a la SSPD. Pueden sancionar a la empresa y exigir reconexión inmediata más indemnización por falla del servicio.
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Respuesta: 15 días