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Ley Estatutaria 1751 de 2015 — Art. 2 ⚠ Crítica

Derecho fundamental a la salud — atención oportuna, eficaz y de calidad

Qué dice esta norma

Tu derecho a la salud es fundamental e irrenunciable. Tienes derecho a atención oportuna (sin demoras injustificadas), eficaz (que funcione) y de calidad. Ninguna razón administrativa puede negarte ese derecho.

El derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo. Comprende el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud.

¿Cuándo aplica esta norma?

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