Mi EPS niega un servicio que está en el Plan de Beneficios
Si tu médico ordenó un procedimiento y tu EPS lo niega, está violando tu derecho fundamental a la salud. Puedes exigirlo mediante tutela y obtenerlo en 10 días.
Normas que aplican
Te protege
3Tu derecho a la salud es fundamental e irrenunciable. Tienes derecho a atención oportuna (sin demoras injustificadas), eficaz (que funcione) y de calidad. Ninguna razón administrativa puede negarte ese derecho.
Ver norma completa →Tu tratamiento debe ser completo. La EPS no puede darte solo parte del tratamiento y negarte el resto. Si tu médico ordenó un servicio (diagnóstico + medicamentos + controles), la EPS debe dártelo todo. No pueden fragmentar tu atención para evadir responsabilidad.
Ver norma completa →El Plan de Beneficios (antes POS) cubre de forma integral desde la prevención hasta el tratamiento y rehabilitación para todas las enfermedades. La EPS no puede negar un servicio del plan porque "no hay cupos" o "no es urgente". Si tu médico lo ordena y está en el PBS, te lo deben dar.
Ver norma completa →Obligación institucional
1La ley prohíbe expresamente cualquier mecanismo interno (de la EPS o la clínica) que limite, restrinja o fragmente tu acceso a la salud. Esto incluye trabas burocráticas, demoras en autorizaciones y políticas internas que alarguen los procesos.
Ver norma completa →Define plazo
1La Supersalud tiene poder de juez: puede ordenarle a tu EPS que te preste el servicio negado, con fuerza de sentencia. Resuelve conflictos sobre PBS, urgencias y traslados. Es gratuita. Puedes acudir a Supersalud Y usar tutela al mismo tiempo.
Ver norma completa →Checklist de validez de la notificación
Verifica que el comparendo o notificación cumple todos los requisitos legales. Un defecto puede ser argumento para impugnarlo.
¿Tienes la orden médica del servicio que te negaron?
Consecuencia legal:
La orden médica de tu médico tratante es la prueba principal. Sin ella es difícil demostrar que el servicio fue ordenado y negado.
¿La EPS te notificó la negación por escrito o verbalmente?
Consecuencia legal:
Pide siempre la negativa por escrito con número de radicado. Si fue verbal, documenta fecha, persona y lo que te dijeron.
¿Tu médico consideró el servicio como necesario para tu salud?
Consecuencia legal:
Si el médico ordenó el servicio y la EPS lo niega sin evaluación médica propia, esa negativa es arbitraria y más fácilmente reversible por tutela.
¿Sabes si el servicio negado está en el Plan de Beneficios de Salud (PBS)?
Consecuencia legal:
Si está en el PBS, la negativa es ilegal. Si no está explícitamente pero es el único tratamiento disponible, la jurisprudencia de la Corte Constitucional también lo ampara por el principio de integralidad.
Sin defectos detectados
La notificación parece cumplir todos los requisitos formales. Revisa los plazos antes de actuar.
defecto detectado — posibles argumentos de impugnación
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Usa estos defectos como base para un recurso de reposición. Revisa los recursos disponibles abajo.
Calculadora de plazos
Ingresa la fecha de notificación o de la infracción para calcular cuándo vencen tus plazos.
* Los días hábiles calculados no incluyen festivos colombianos. Verifica con el calendario oficial o un abogado.
Recursos disponibles
Puedes interponer los siguientes recursos legales. Genera el texto del recurso con tus datos.
Derecho de petición exigiendo el servicio del PBS negado
Petición formal basada en la Ley 1751/2015 y el principio de integralidad, exigiendo la prestación del servicio ordenado por el médico tratante.
- Ante:
- Oficina de Peticiones, Quejas y Reclamos de la EPS
- Plazo:
- Inmediatamente tras la negativa. La EPS tiene 15 días hábiles para responder (3 días si hay riesgo vital).
Ruta institucional
Pasos recomendados para resolver tu situación.
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1
Radica el derecho de petición ante la EPS y guarda el radicado
Presenta la petición en la oficina de la EPS o su portal virtual. Exige número de radicado. La Personería puede ayudarte a redactar la petición y a exigir respuesta. Guarda la orden médica y copia de la petición.
Personería Municipal Respuesta: 15 días -
2
Presenta acción de tutela ante el Juzgado Civil Municipal
La tutela en salud es el mecanismo más efectivo. No necesitas abogado. Puedes presentarla al mismo tiempo que el derecho de petición. Lleva la orden médica, la negativa de la EPS y tu cédula. El juez falla en 10 días calendario.
Juez Civil Municipal (Tutela) Respuesta: 10 días -
3
Si la EPS no cumple el fallo, acude a Supersalud
SupersaludLa Supersalud puede ordenarle a la EPS que preste el servicio con fuerza de fallo judicial. Es gratuita. Radica en supersalud.gov.co o en su sede. Puedes usarla en paralelo con la tutela.
Superintendencia Nacional de Salud Respuesta: 10 días