Me cortaron el servicio sin avisarme
La empresa suspendió o cortó el servicio sin previo aviso ni notificación formal.
¿Todavía estás a tiempo?
Escribe la fecha en que te notificaron o te pusieron el comparendo y te decimos cuánto tiempo te queda.
Los días hábiles no incluyen festivos colombianos. Si tienes dudas, verifica con un abogado.
¿Tu documento tiene errores?
Revisa tu comparendo o citación y responde cada pregunta. Si tiene errores, te decimos cómo usarlos a tu favor.
¿Recibiste algún aviso previo escrito o verbal antes del corte?
Qué significa esto:
Si sí recibiste aviso, el recurso cambia de argumento: deberás atacar la causal del corte, no la ausencia de notificación.
¿Estabas al día con los pagos en el momento del corte?
Qué significa esto:
Si tenías deuda pendiente, el recurso debe demostrar que el atraso era menor a 3 períodos de facturación o que el monto era inexacto.
¿Tienes el número de cuenta de usuario o de contrato con la empresa?
Qué significa esto:
Sin el número de cuenta no es posible identificar tu contrato en el sistema de la empresa. Búscalo en cualquier factura anterior.
¿Puedes indicar la fecha exacta en que ocurrió el corte?
Qué significa esto:
La fecha es clave para verificar si el corte fue dentro de las causales legales. Si no la recuerdas con exactitud, anota el rango de días.
No encontramos errores
Tu documento parece estar bien hecho. Revisa los plazos para actuar a tiempo.
Encontramos problema — puedes usarlos para defenderte
- •
Puedes mencionar estos errores en tu recurso. Mira los documentos que puedes presentar más abajo.
Cómo puedes defenderte
Estos son los documentos que puedes presentar. Puedes generarlos aquí mismo con tus datos.
Recurso de reposición por corte sin aviso previo
Recurso formal ante la empresa exigiendo la reconexión inmediata, fundamentado en la ausencia del aviso previo que exige el artículo 139 de la Ley 142 de 1994.
- ¿A quién?
- Oficina de Peticiones, Quejas y Recursos de la empresa de servicios públicos
- Tiempo:
- Dentro de los 5 días hábiles siguientes al corte del servicio.
¿Qué hago paso a paso?
Sigue estos pasos en orden.
-
1
Pide asesoría gratuita en la Personería para redactar el recurso de reposición
La Personería Municipal está obligada por el Art. 157 de la Ley 142/1994 a asesorarte gratis. Preséntate con el número de cuenta y la fecha del corte. Ellos te ayudan a preparar el recurso.
Personería Municipal Responden en 1 días -
2
Si la empresa rechaza el recurso, radica queja ante la SSPD
SSPDAdjunta el recurso de reposición radicado, el número de radicado que te dio la empresa, y cualquier prueba de que no existió aviso previo. La SSPD puede imponer sanciones a la empresa.
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Responden en 15 días
¿Quieres orientación personalizada de un abogado?
Si tu situación es compleja o necesitas acompañamiento directo, podemos conectarte con un especialista en el área.
Leyes que te respaldan
Te protege
2Las empresas de servicios públicos tienen una función social y están obligadas a prestar el servicio de forma continua y eficiente, sin aprovecharse de que el usuario no tiene alternativa. Cobrar de más, cortar sin razón o no responder peticiones es una infracción legal.
Leer la ley completa →Tienes derechos concretos como usuario: que midan tu consumo con instrumentos precisos, que te den toda la información que pidas sobre el servicio, y que puedas elegir tu prestador. Si la empresa te niega cualquiera de estos, está violando la ley.
Leer la ley completa →Lo que la entidad debe hacer
1La empresa puede suspender el servicio por mantenimiento o reparaciones, pero SOLO si te avisa con suficiente anticipación y de manera clara. Sin aviso previo, la suspensión es ilegal.
Leer la ley completa →Cuánto tiempo tienes
2La empresa solo puede suspenderte el servicio por falta de pago cuando llevas atrasado máximo 3 períodos de facturación. Suspender antes es prematuro y puedes reclamarlo.
Leer la ley completa →Tienes derecho a reclamar. Si la empresa te cobra mal, te corta sin razón o niega una petición, puedes interponer recurso de reposición ante la empresa dentro de los 5 días siguientes. Si no responden bien, apelas ante la SSPD. Es gratuito, no necesitas abogado, y la Personería te puede ayudar a redactarlo.
Leer la ley completa →Formalidad del documento
1Solo cuando llevas 3 facturas en mora o hay una reincidencia repetida, la empresa puede hacer el corte definitivo. Un corte sin esas causales es ilegal y puedes exigir la reconexión inmediata.
Leer la ley completa →